Me llamo José María Puya, divulgador de alimentación.
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Se ha aprobado un nuevo insecto como alimento. Veamos con perspectiva el historial en la Unión Europea en referencia a los insectos como alimentos:
Enero 2018: el Reglamento (UE) 2015/2283 concluye que los insectos y sus partes (alas, patas y cabeza) pasan todas las pruebas necesarias para que la Unión Europea los considerase alimentos.
Mayo 2021: se aprueba el primer insecto como alimento, el Gusano de la Harina (Tenebrio molitor).
Noviembre 2021: se aprueba el segundo insecto como alimento, la Langosta Migratoria (Locusta migratoria).
Febrero 2022: se aprueba el tercer insecto como alimento, el Grillo Doméstico (Acheta domesticus).
Ahora es el turno del Escarabajo de Estiércol
En enero de 2023 se ha publicado el Reglamento de Ejecución (UE) 2023/58 por el que se autoriza la comercialización de las formas congelada, en pasta, desecada y en polvo de las larvas de Alphitobius diaperinus (escarabajo del estiércol) como nuevo alimento.
Los datos científicos contenidos en el expediente de solicitud y que cumplen las condiciones establecidas en el artículo 26, apartado 2, del Reglamento (UE) 2015/2283 no podrán utilizarse en beneficio de un solicitante posterior sin el acuerdo de Ynsect NL B.V. durante un período de cinco años a partir de la fecha de entrada en vigor del presente Reglamento.
Solo la empresa Ynsect NL B.V. está autorizada a comercializar en la Unión el nuevo alimento contemplado en el artículo 1 durante un período de cinco años a partir de la fecha de entrada en vigor del presente Reglamento, a menos que un solicitante posterior obtenga una autorización para ese nuevo alimento sin remitirse a los datos científicos protegidos con arreglo al artículo 3, o con el acuerdo de Ynsect NL B.V.
Bibliografía: Reglamento de Ejecución (UE) 2023/58