Me llamo José María Puya, divulgador de alimentación.
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Veamos con perspectiva:
Enero 2018: el Reglamento (UE) 2015/2283 concluye que los insectos y sus partes (alas, patas y cabeza) pasan todas las pruebas necesarias para que la Unión Europea los considerase alimentos.
Mayo 2021: se aprueba el primer insecto como alimento: el Gusano de la Harina (Tenebrio molitor).
Noviembre 2021: se aprueba el segundo insecto como alimento: la Langosta Migratoria (Locusta migratoria).
Ahora es el turno del Grillo Doméstico
En febrero de 2022 se ha publicado el Reglamento de Ejecución (UE) 2022/188 por el que se autoriza la comercialización de las formas congelada, desecada y en polvo de Acheta domesticus como nuevo alimento.
La Autoridad Europea de Seguridad Alimentaria publicó Safety of frozen and dried formulations from whole house crickets (Acheta domesticus) as a Novel food pursuant to Regulation (EU) 2015/2283, concluyendo que Acheta domesticus no presenta riesgos de seguridad alimentaria para la salud humana bajo los usos y niveles de uso propuestos, aunque el Panel de la EFSA también comunica también que podría dar lugar a reacciones alérgicas en personas alérgicas a los crustáceos, moluscos y ácaros.
Conclusiones del Reglamento de Ejecución 2022/188
- Las formas congelada, desecada y en polvo del grillo doméstico se incluirán en la lista de la Unión de nuevos alimentos autorizados.
- Durante un período de cinco años a partir del 11 de febrero de 2022, únicamente la empresa de Países Bajos Fair Insects BV (solicitante inicial), podrá estar autorizada a comercializar en la UE, a menos que un solicitante posterior obtenga autorización para este nuevo alimento.
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